En la mañana de hoy se reglamentó la Ley de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins” , votada en junio por el Congreso Nacional. Dicha ley dispone que el Estado deberá contratar al menos el 1% de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes, a las personas de ese colectivo.
El Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad estará encargado de la aplicación de esta medida y su titular “quedará facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para su efectiva implementación”.
La ley establece que se “debe ocupar, en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal, puestos de trabajo con personas travestis, transexuales y transgénero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes”, y se aclara que el Estado está comprendido por los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, y las empresas y sociedades que le pertenecen.
Se reconoce que “las personas travestis, transexuales y transgénero están atravesadas por la estigmatización, criminalización y patologización sistemática por una gran parte de la sociedad y de las instituciones, lo que redunda en dificultades para el efectivo ejercicio del derecho a la salud, a la educación, a una vivienda digna, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, así como también a la protección frente al desempleo, sin discriminación alguna”.
Se promueve además la necesidad de que la ley se aplique a nivel federal ”a efectos de eliminar barreras geográficas” y añaden que “se prevén incentivos” para las empresas del sector privado que adopten esta iniciativa como prioridad en las contrataciones estatales «a aquellas personas jurídicas o humanas del ámbito privado que incluyan, entre su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero, y promocionará “líneas de crédito con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos llevados adelante por personas del colectivo, así como también, su asesoramiento y capacitación para acceder a este beneficio”.